DIRECTORIO FRANCISCANOESTUDIOS SOBRE LOS ESCRITOS
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La Regla de santa Clara de Asís, confirmada solemnemente por el Papa Inocencio IV (1243-1254) el 9 de agosto de 1253, es, sin lugar a dudas, una obra personal de la Santa,[1] que inició inmediatamente después de 1247 y fue concluida, como máximo, en 1252.[2] El más ardiente deseo de la Santa era conseguir la aprobación papal para esta su nueva Regla, lo que resultaba particularmente difícil, debido al desarrollo reciente de la legislación de la nueva Orden. Da la impresión de que Clara prefirió esperar; las Fuentes, al menos, no hablan de ningún intento en este sentido antes de 1252. Por otra parte, la curia papal se encontraba en Lyon, lo que añadía una nueva dificultad. Un primer rayo de esperanza de cara a la aprobación de la Regla por parte de la máxima autoridad eclesial, puede haber sido la Bula «Inter personas»[3] del 6 de julio de 1250, en la que Inocencio IV declaró que ninguna monja podía ser obligada a aceptar la Regla que él había prescrito. Con este documento se reducía la obligatoriedad general de la Regla que el Papa Inocencio IV dispuso en su Bula «Quoties a nobis»[4] del 23 de agosto de 1247 y, al menos desde un punto de vista puramente jurídico, la posibilidad de que Clara obtuviera la confirmación de su regla era bastante probable. Pronto encontró Clara la oportunidad de confiar personalmente su deseo al cardenal protector Rainaldo,[5] que desde 1227 era cardenal protector de los Hermanos Menores y desde 1248 también de las Clarisas.[6] La curia papal residía, desde el 5 de noviembre de 1251, en Perusa.[7] El cardenal Rainaldo visitó a santa Clara en San Damián. La Leyenda relata lo siguiente sobre este particular:
La expresión de la Leyenda «privilegio de la pobreza» se refiere, como se ha expuesto en otro lugar,[8] no al «privilegio de la pobreza» en sentido estricto, que Inocencio III (1198-1216) concedió por primera vez en torno al 1215/16, y que Gregorio IX (1227-1241) renovó en 1228, sino a la Regla de santa Clara, al «privilegio de la pobreza» en el sentido más amplio. Que el texto citado anteriormente se refiera realmente a la Regla de santa Clara, se deduce claramente de la comparación entre las palabras antes mencionadas de la leyenda con la definitiva Bula papal de confirmación «Solet annuere» del 9 de agosto de 1253 (cf. RCl Pról 1-16), en la que se incorpora, palabra por palabra, el escrito de legitimación «Quia vos» del cardenal Protector, del 16 de septiembre de 1252 (LCl 40), al que se alude en la Leyenda («lo realizó en los hechos»). Esta primera aprobación de la Regla de santa Clara del 16 de septiembre de 1252, se produjo significativamente «con la autoridad del señor Papa», como dice el cardenal Rainaldo en su escrito (RCl Pról 15). Pero Clara no estaba del todo satisfecha, pues ella sabía demasiado bien que en un asunto tan importante, sólo una confirmación por parte del mismo Papa, podía, desde el punto de vista humano, ofrecer una garantía suficiente de que su Regla sobreviviría con el tiempo. Por ello, su deseo más ardiente era obtener una Bula papal que confirmase su obra. Tal objetivo no respondía sólo a un deber en relación a su propia vocación, sino también en relación a sus hermanas y a la memoria de san Francisco (TestCl 3. 5. 10. 11. 12; RCl 6,6-9). Sobre las circunstancias de la segunda confirmación papal de la Regla de santa Clara no se encuentra nada ni en la Leyenda ni en el Proceso de canonización, que son las fuentes principales para la vida de santa Clara. Lo que se constata, indiscutiblemente, es el hecho de que la Regla compuesta por santa Clara fue confirmada por el Papa Inocencio IV el 9 de agosto de 1253 con la Bula «Solet annuere». La Bula contiene, como ya se ha indicado, el escrito «Quia vos» del cardenal Rainaldo, junto al texto de la Regla. El original de la Bula se encuentra en el protomonasterio de santa Clara de Asís. Tampoco encontramos en las restantes fuentes noticias directas que condujeron a esa Bula. Podemos, sin embargo, reconstruir con seguridad este proceso en sus grandes líneas, a través de algunas anotaciones no comunes que aparecen en la misma Bula, junto con lo que ya conocemos sobre la redacción de la Bula papal. ¿Cuáles son estas anotaciones no comunes? En el margen superior de la Bula se puede leer, escrito personalmente por Inocencio IV: «Ad instar fiat. S.» («Hágase según se pide. Sinibaldo»). Debajo, escrito por la misma mano: «Ex causis manifestis michi et protectori mon. fiat ad instar» («Hágase como se pide por causas conocidas a mí y al protector del mon [asterio]»).[9] G. Cozza-Luzi ha tenido el mérito de devolver la perdida legibilidad a esas anotaciones, de extraordinaria importancia para la historia de la Regla de santa Clara, ya que se habían borrado y no podían leerse, salvo las últimas sílabas de «mon», que leyó como «mandamus»,[10] pero P. Robinson las entendió, de forma más correcta, como «monasterii». ¿Qué significan estas frases? La primera es una fórmula con la que los Papas firmaban las peticiones presentadas por el mandatario. Se trata, por tanto, de palabras usuales en los protocolos de la cancillería papal, y que no pertenecen propiamente a la Bula, sino a la petición. Como firma de las peticiones el papa utilizaba la inicial de su nombre de pila, en nuestro caso la «S» = Sinibaldo.[11] De acuerdo con el estilo de la Curia, toda Bula era precedida de una petición o solicitud, que el Papa firmaba según el modo dicho. La firma del Papa, con su sello, significaba la concesión de la demanda, que de ese modo adquiría fuerza de ley. Para la cancillería papal esto implicaba, implícitamente, la orden de expedir el escrito respectivo. La Bula misma ya no era firmada por el Papa, salvo en ocasiones particulares como, por ejemplo, en la confirmación de una propiedad; en este caso, también firmaban de ordinario los cardenales.[12] En casos normales bastaba para la validez del escrito el nombre de Papa, que aparecía con grandes caracteres al inicio del documento, junto con el sello, que se fijaba al final de la cápsula (=bula). El sentido de la segunda frase se comprenderá a partir de lo que sigue. El papa Inocencio IV visitó personalmente a santa Clara en San Damián a su regreso de Lyon. La Leyenda habla sólo de una visita a Clara en el lecho de muerte (LCl 41-42). El tiempo de esta visita está fijado de un modo genérico (LCl 41. 43), se puede suponer que se realizó en los últimos días de su vida. El Proceso de canonización se refiere a dicha visita solamente con una frase (Proc III, 24):
A continuación añade:
Si se compara este texto con el relato de la Leyenda (LCl 42), resulta claro que ambas fuentes se refieren a la misma visita, aunque la Leyenda de forma más amplia: beso a la mano, beso al pie, petición de absolución de los pecados, respuesta del Papa. Lo importante es que el Proceso determina el tiempo de forma más precisa en dos frases (Proc III, 24):
Eso significa que la visita del Papa, que la Leyenda describe ampliamente, tuvo lugar «algunos días» antes de la muerte de Clara. El día de su muerte, el 11 de agosto de 1253, queda excluido; el día 10 de agosto Inocencio IV tampoco estuvo en San Damián, de lo contrario no habría enviado a ningún hermano para traer la Bula ya lista (Proc III, 32). El 9 de agosto tampoco puede ser tomado en consideración, ya que en ese día se firmó la Bula. Por tanto sólo puede tratarse de los días entre el 1 y el 8 de agosto, y teniendo en cuenta la expresión «pocos días antes», hay que inclinarse por un día más cercano al 8 de agosto. En ninguno de los dos documentos se habla de una petición de confirmación de la Regla o de la misma confirmación. El hermano menor Nicolás de Carbio (Calvi en la Umbría), capellán y biógrafo del papa Inocencio IV, obispo de Asís desde 1250, informa sobre dos visitas del Papa a San Damián. No hay ninguna razón para dudar de dicha información. La parte que nos atañe dice:[14]
De esa referencia puede deducirse que la visita que describen la Leyenda y el Proceso es la segunda y última. Sobre la primera visita permanecen abiertas las siguientes posibilidades: Inocencio IV dejó Perusa y desde el inicio de mayo de 1253 residió en Asís (en su residencia cerca de San Francisco).[15] Es bastante verosímil que inmediatamente después de su llegada a Asís, es decir, en torno al 1 de mayo, visitara a Clara, que por aquel entonces ya se acercaba a su muerte. También es posible que el Papa se encontrara en Asís el 1 o el 8 de julio de 1252,[16] pero no es muy seguro el testimonio sobre dicha estancia del papa en Asís. No cabe ninguna duda de que Clara aprovechó la ocasión de una de esas dos visitas -quizás de ambas, dado que la petición, si bien había sido ya formulada, no había sido cumplida antes de la segunda visita-, para pedir la realización de su anhelado deseo: la confirmación de su Regla por medio de una Bula papal, animada por la increíble condescendencia del Papa. Con esa visita personal del Papa al lecho de muerte de Clara, se la honraba con una de las más grandes distinciones que fuera concedida nunca a una mujer. Clara solicitó la confirmación, e Inocencio dio una confirmación oral a la petición oral, como puede comprobarse por el hecho de que el Papa escribió en la misma Bula la fórmula «Ad instar fiat S.», lo que a su vez sólo puede explicarse porque cuando el Papa concedió la aprobación, no contaba con ningún escrito de petición. Respecto del lugar en el que Inocencio dio la aprobación, sólo se duda entre la residencia cerca de San Francisco en Asís o San Damián. En el caso de que se tratara de la residencia cerca de San Francisco, todo el asunto podría haberse realizado según el procedimiento normal, es decir, con la presentación de un escrito de petición, que, en caso de que aun no se hubiera cumplido dicho trámite por parte de Clara, podía solucionarse sin dificultad. Las anotaciones manuscritas del Papa en la Bula no admiten otra solución, salvo que Clara haya pedido en San Damián oralmente la confirmación y que Inocencio se la haya concedido oralmente en el mismo lugar. Y que después de su regreso a su residencia, haya dado orden de escribir la Bula «Solet annuere», concluida el 9 de agosto de 1253. Él mismo escribió seguidamente sobre la Bula, para compensar el incumplimiento de la forma usual, la fórmula «Ad instar fiat S.», que expresaba su aprobación y le daba fuerza de ley. Sin embargo, para aclarar la transgresión que se había producido en el proceso burocrático habitual y prevenir posibles incomprensiones que de ahí pudieran surgir, añadió:
El hecho de que en este caso peculiar no se respetara el estilo de la Curia, nos indica las circunstancias extraordinarias que rodearon la confirmación de esta Regla, y nos muestra, no en última instancia, el afecto y la veneración que el Papa profesaba a santa Clara. Es muy probable que Clara no hubiera presentado ningún escrito de petición; puesto que ante un tal escrito, el Papa hubiera empleado la fórmula «Ad instar…» al final de la petición, y no sobre la Bula. El día siguiente a la redacción de la Bula, el 10 de agosto de 1253, Inocencio envió la Bula a través de un hermano menor a santa Clara, en San Damián. El proceso de canonización cuenta al respecto:
Clara recibió la Bula papal con gran alegría y reverencia, como un signo de su victoria. Esto nos lo confirma no sólo el párrafo del proceso antes transcrito, sino también una frase escrita por una mano desconocida, que se encuentra en el borde exterior de la misma Bula:[17]
G. Cozza-Luzi[18] y después de él F. Pennacchi pensaban que no se podía explicar las fórmulas escritas por Inocencio IV a no ser que el Papa -el 10 de agosto según el primero, el 9 de agosto según el último- haya entregado personalmente la Bula, que Clara le habría rogado firmarla y que él habría escrito ambas fórmulas sobre el pergamino en el mismo lugar. Esta explicación, a pesar de lo hermosa que pueda sonar, no es sostenible tanto por razones externas como internas. Como ya se ha dicho, sabemos con absoluta seguridad a través del Proceso -que ambos autores todavía no conocían, ya que fue publicado en 1920- que el Papa no llevó personalmente la Bula, sino que la hizo llegar a su destinataria a través de un correo, un fraile menor. Por otra parte, Inocencio IV con seguridad no se encontraba el 10 de agosto en San Damián, y muy probablemente tampoco el 9 de agosto, día de la conclusión de la Bula. ¿Y porqué tenía santa Clara que haber exigido todavía una firma personal? Ella había recibido durante su vida en San Damián no pocos escritos papales;[19] entre ellos, como ya se ha mencionado, el «privilegio de la pobreza», cuya segunda confirmación se conserva en su original. Y para ella ese «privilegio de la pobreza» no era menos importante y significativo que la Regla, y se trataba, como todas las bulas papales de ese tipo, de un escrito sin «firma». Clara estaba, sin duda, bien informada sobre las formalidades necesarias para la validez de un documento, y si realmente hubiera pedido una firma, el papa no hubiera firmado con la fórmula que se aplicaba a los escritos de petición sino con «Yo Inocencio…» u otra similar.[20] Las dos fórmulas utilizadas en la Bula no tendrían ningún sentido en ese contexto. Sinteticemos los resultados de nuestro estudio: Inocencio IV confirmó oralmente la Regla compuesta por santa Clara, junto al lecho de muerte de la Santa, durante su segunda y última visita entre el 1 y el 8 de agosto de 1253 en San Damián. Al regreso a su residencia cerca de San Francisco, hizo preparar la Bula, con fecha 9 de agosto de 1253, y escribió sobre la Bula las mencionadas fórmulas, para prevenir todos los malentendidos originados a causa de la inobservancia del procedimiento legal, debido a la falta de un escrito de petición. La Bula fue entregada a santa Clara a través de un hermano menor, el 10 de agosto de 1253 y la Santa la recibió con infinita alegría y devoción. N O T A S: [1] Cf. la parte sobre el desarrollo de la legislación de la segunda Orden, en Franziskanische Studien 35 (1953) 211-215. [2] Ibíd., p. 214. [3] Bulario Franciscano, Supl. 22. [4] Bulario Franciscano, I, 488. [5] 1254-1261, papa Alejandro IV. [6] Cf. Bernardino de Sena, Il Cardinale Protettore negli Istituti religiosi specialmente negli Ordini francescani, Florencia 1940, 25-28. [7] Rerum italicarum scriptores, ed. preparada por L. A. Muratori, III, Milán 1723, 592. [8] Franziskanische Studien 31 (1949) 337-349. [9] Archivum Franciscanum Historicum 1 (1908) 417. [10] G. Cozza-Luzi, Un autografo di Innocenzo IV e memorie di S. Chiara d'Assisi, Roma 1985, 79-80. [11] Sinibaldo Fieschi de Génova, conde de Lavagna (25 de junio de 1243 - 7 de diciembre de 1254), Inocencio IV. [12] Cf. Archivum Franciscanum Historicum 15 (1922) 90. [13] Testimonio de sor Felipa (Proc III, 24). [14] Rerum italicarum scriptores, ed. preparada por L. A. Muratori, III, Milán 1723, 592. [15] A. Potthast, Regesta Pontificum Romanorum II, 1231-1247. [16] A. Potthast, Regesta Pontificum Romanorum II, 1207-1208. [17] Archivum Franciscanum Historicum 1 (1908) 417. [18] G. Cozza-Luzi, Un autografo di Innocenzo IV e memorie di S. Chiara d`Assisi, Roma 1985, 79-80. [19] Bulario Franciscano y Supl. [20] Archivum Franciscanum Historicum 15 (1922) 90. [En Selecciones de Franciscanismo, vol. XXII, núm. 66 (1993) 392-398] |
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